(56) Hipoacusia bilateral en personas de 65 años y más que requieren uso de audífono
Definición
Es la pérdida de audición bilateral permanente, que se origina en disfunción conductiva y/o sensorial de cualquier componente del sistema auditivo normal, que puede ser corregida con el uso de audífono.
Patologías incorporadas
Comprende las hipoacusias o sorderas calificadas como conductivas, neurosensoriales, perceptivas, neurales, ototóxicas y mixtas, de alta o baja frecuencia y la presbiacusia.
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Garantías
1. Acceso
Todo beneficiario de 65 años y más:
- Con confirmación diagnóstica e indicación médica de audífono, tendrá acceso a tratamiento y seguimiento y rehabilitación.
- En tratamiento tendrá acceso a continuarlo.
*Lo anterior debe ser complementado con lo dispuesto en la NTMA.
2. Oportunidad
a. Tratamiento:
- Dentro de 45 días desde confirmación diagnostica o desde la indicación de recambio de audífono.
b. Seguimiento:
- La audiometría se realizará de manera anual, dentro de 60 días desde la indicación del examen.
- La atención por especialista se realizará dentro de 45 días desde la detección de necesidad de cambio de audífono, según audiólogo.
c. Rehabilitación:
- Se iniciará dentro de 30 días luego de la entrega de audífono.
3. Protección Financiera:
a. Deducible:
Dentro de la Red asistencial definida para estos efectos, el afiliado debe cancelar un copago del 20% de la prestación que se efectúe, no debiendo cancelar más del copago definido en el Decreto Nº 72, por grupo de prestaciones. El deducible equivaldrá a 29 cotizaciones mensuales, legales o pactadas, según corresponda, por cada evento asociado a las GES que le ocurra a él o a los beneficiarios que de él dependan; dicho deducible no excederá de 122 UF. En caso de existir más de un evento en un período de doce meses, contados desde que se devenga el primer copago del primer evento, el deducible para el conjunto de los eventos, para los afiliados, será de 43 cotizaciones mensuales, legales o pactadas, según corresponda; dicho deducible no excederá de 181 UF.
b. Intervenciones Sanitarias: